Son los primeros días de julio y Carlos y Carmen, dos activistas del 15-M de Granada, están a punto de ingresar en prisión. Fueron condenados/as a tres años de prisión por participar en un piquete durante la huelga general del 29 de marzo de 2012 y, a pesar de que han solicitado el indulto, el Juzgado ha ordenado su entrada. Las cifras de procesamientos son demoledoras: las causas contra unos/as 300 huelguistas suman peticiones de cárcel por 120 años, según la prensa. ¿Sus presuntos crímenes? Delitos contra los derechos de los/as trabajadores/as (un tipo agravado de delito de coacciones), cuando precisamente luchaban por los derechos de los/as mismos/as.
Más de tres años después de que el denominado movimiento 15-M ocupara las plazas de todo el Estado, las consecuencias de lo que gestó todavía se notan. Con su apoyo a dos huelgas generales, la lucha contra los desahucios y tantos otros frentes, es normal que el 15-M haya sufrido en sus carnes la represión policial y judicial. Ahora, la Audiencia Provincial de Granada ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal no 1 de Granada por la cual se condena a dos personas, Carlos y Carmen, a tres años y un día de prisión por la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores por su participación en un piquete de la Huelga General del 29 de marzo de 2012. Nos encontramos, por tanto, ante la primera condena firme que puede suponer el ingreso en prisión de activistas del 15-M.
Tres años de tu vida
Lo primero que choca de esta noticia es la aparente desproporción de la pena. ¿Qué hicieron estas personas para merecer este castigo? Pues según se desprende de la sentencia, en la Huelga General del 29 de marzo de 2012, el 15-M de Granada organizó un piquete informativo que recorrió las calles de la ciudad y Su Señoría consideró probado que ambos “formaban parte de un piquete de los llamados informativos compuesto por unas cuarenta personas” que el “día 29 de marzo de 2012, con motivo de la huelga general que había sido convocada para ese mismo día, entraron en” un bar y empezaron a presionar a las personas que se encontraban en él “para que lo abandonaran y secundasen así la huelga” y a realizar “pintadas de graffiti” y “a colocar pegatinas en todas las paredes”.
Voces cercanas a Carmen y Carlos aseguran que no es cierto que ejercieran esa presión a quienes se encontraban en el interior del bar, que únicamente informaban y que fueron identificados/as aleatoriamente por la policía más tarde. Sea como fuere, resulta indiferente a la hora de valorar la proporcionalidad de la pena: la verdad es que los hechos no parecen tan graves.
¿Por qué, entonces, es tan elevada la pena? Porque los hechos ocurrieron en el contexto de huelga general. Si los acontecimientos se hubieran desarrollado cualquier otro día del año, no se supondría que existía un ánimo de “boicotear” el bar o de impedir a los/as trabajadores/as acudir a sus puestos de trabajo, y se hubiera incoado un Juicio de Faltas, con una pena de multa o de localización permanente (arresto domiciliario). Jamás se habría llegado a este extremo.
¿Delito contra los derechos de los trabajadores?
Y esto nos lleva al punto más preocupante de la historia de Carmen y Carlos. ¡Se les ha condenado por un “delito contra los derechos de los trabajadores! Parece una broma de mal gusto.
Recordamos que el motivo por el cual se convocó la Huelga General de 2012 fue para protestar por una reforma laboral tremendamente restrictiva de los derechos de los trabajadores (reducción de la indemnización por despido improcedente y eliminación de los salarios de tramitación, periodo de prueba de un año en determinados contratos, libertad casi total para las empresas para realizar despidos, tanto colectivos como individuales, por causas objetivas a un coste mínimo y modificar las condiciones de trabajo, fomento del contrato de formación para jóvenes y destrucción del convenio sectorial en favor del convenio de empresa). Un análisis más detallado de esa reforma se puede ver en www.todoporhacer.org/monograficos.
La huelga del 29 de marzo estuvo lejos de ser un éxito, debido a las presiones laborales a las que nos vemos sometidos/as y el estado de letargo en que se encuentran los sindicatos desde hace años. A pesar de ello, decenas de miles de personas salieron a la calle a mostrar su rechazo a esta nueva ley y cientas fueron detenidas en aquella jornada, muchas de ellas imputadas por el mismo delito que Carlos y Carmen. ¿Son ellos/as quienes atentan contra los derechos de los trabajadores? ¿Quién perjudica más a la clase trabajadora: un huelguista que te impide entrar en tu curro una mañana a base de gritos e insultos o el político que aprueba el despido libre o el empresario que se aprovecha? Para nosotras/os está claro.
Y es que la reforma no fue un ataque puntual contra los intereses de la clase trabajadora; la patronal no se da por satisfecha con la legislación actual. Y es que la reforma de 2012 no era más que una pieza más en una dinámica de cambios en el derecho laboral tendente a hacer desaparecer las conquistas conseguidas tras decenas de años de luchas obreras. Esta tendencia no responde a una situación de crisis económica, sino que se trata de un proyecto político de reducción de derechos laborales iniciada en la segunda mitad de los años ́60 y que se acentúa en los años ́80 (los gloriosos años de Thatcher y Reagan). Los principales rasgos de estas políticas se resumen en una desregulación del mercado de trabajo, tratando de mejorar los resultados de las empresas a través de la reducción de los costes laborales mediante la disminución de salarios, de las indemnizaciones por despido y el aumento de la flexibilidad del trabajador (modificaciones de jornada, de centro de trabajo, de funciones, etc.)
Es decir, la reforma del 2012 no es el fin del camino, los recortes siguen y ahora, en el 2014, la patronal vuelve a la carga: a mediados del pasado mes de junio presentaron las “Propuestas de la CEOE para mejorar el clima de negocios y el entorno empresarial en los ámbitos sociolaboral, económico, unidad de mercado e internacionalización”, pidiendo ampliar el tiempo de periodo de prueba de los contratos indefinidos (despido libre), limitar el derecho de huelga (se tendría que votar en cada empresa si se hace huelga o no, no pudiendo adherirse alguien por su cuenta) y prohibir la difusión de la misma durante las 24 horas previas a su convocatoria, entre otras medidas.
La única salida: el indulto
En junio, el grupo de apoyo de Carmen y Carlos hizo público que, una vez agotada la vía judicial, ambos iban a solicitar el indulto ante el Ministro de Justicia. Al cierre de esta edición, ya cuentan con una orden de ingreso en prisión, se encuentran en paradero desconocido y se ha solicitado la suspensión de la entrada a la espera de que se resuelva el indulto. Mientras tanto, han tenido lugar varias manifestaciones en solidaridad con ellos/as por todo el Estado y se han recopilado más de 17.000 firmas de apoyo.
Desde esta publicación mandamos nuestro apoyo a Carmen y Carlos y esperamos que la presión ejercida sirva para algo.
Más información en www.carloscarmenabsolucion.wordpress.com