Tal y como expuso hace un año el artículo 14.6 y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2012 de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral (también conocida como “la última Reforma Laboral que nos colaron”, “la Reforma Laboral de los cojones” o “la Reforma Laboral del PP”), el pasado 8 de julio de 2013, finalizó el límite de un año dado por la reforma a la vigencia de aquellos convenios colectivos que hubiesen sido denunciados antes de la entrada en vigor del texto definitivo de la norma (el 8 de julio de 2012).
¿Qué es un convenio colectivo?
Recapitulemos. Para quien no lo sepa, un convenio colectivo es un acuerdo alcanzado entre “representantes” de los/as trabajadores/as (generalmente sindicatos o grupos de sindicatos) y uno/a o varios/as empleadores/as. Se puede negociar a nivel de empresa (es decir, los/as trabajadores/as de la empresa X firman un convenio con su jefe) o a nivel de sector (los trabajadores/as de todo un sector negocian con los representantes de los jefes de ese sector) y a distintos niveles geográficos (por Comunidades Autónomas, nacional, etc.).
El convenio colectivo puede regular todos los aspectos de la relación laboral, por lo que afecta a salarios, la duración de la jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales, etc. Una vez que se ha llegado al acuerdo a través de lo que se denomina “negociación colectiva”, el convenio se aplica a todos los/as trabajadores/as del ámbito (empresa o actividad) alcanzado, aunque no estén afiliados al sindicato firmante.
Las condiciones del convenio suelen considerarse como un mínimo que pueden mejorar lo que viene en el Estatuto de los Trabajadores, pero no puede establecer condiciones más desfavorables para el/la trabajador/a. A su vez, el contrato individual de cada trabajador/a con su empresa puede mejorar lo dispuesto en el convenio, pero no empeorar esas condiciones.
¿Qué supone la pérdida de vigencia de los convenios colectivos?
El 8 de julio decayeron 1.300 convenios colectivos (lo cual afecta a 1,4 millones de personas, según CCOO), debido a la aplicación de la reforma laboral que entró en vigor justo hace un año y que, entre otras cosas, declaró el fin de la llamada ultraactividad, una práctica que aseguraba la prórroga automática de un convenio vencido mientras no hubiese un acuerdo sobre uno nuevo.
No han desaparecido todos los convenios colectivos, ya que el pasado 23 de mayo, patronal (CEOE y CEPYME) y sindicatos (CCOO y UGT) firmaron un Acuerdo sobre la Ultraactividad de los Convenios Colectivos, por el cual se pactó mantener la ultraactividad de los convenios denunciados, pero sólo mientras éstos sigan negociándose. En todos los demás casos, los convenios han perdido su vigencia.
Así, en función de la situación en la que se encuentre el convenio colectivo de aplicación, habrá dejado de tener vigencia o no. Si tu convenio colectivo ha dejado de tener vigencia, pasará a regirse por el convenio de ámbito superior, si es que existe uno. A modo de ejemplo: si en tu curro existía un convenio de empresa y éste desaparece, pasará a aplicarse el convenio provincial, si existía. Si dejara de ser de aplicación el provincial, pasará a regirse por el autonómico. Si no hay autonómico, pasará al estatal. Así sucesivamente.
Si no hay convenio de ámbito superior, las relaciones con los/as trabajadores/as pasarán a regirse directamente por el Estatuto de los Trabajadores.
Pero en todo caso, hay que tener en cuenta que si deja de ser de aplicación las condiciones establecidas en un determinado convenio y pasa a ser regido por otro de ámbito superior o por el Estatuto, la empresa deberá respetar las condiciones que ya disfrutaba (o mejor, sufría) el/la trabajador/a, dado que son derechos que han pasado a formar parte del contrato de trabajo firmado en su día. Mayor problema tendrán los/as que firmen nuevos contratos de trabajo en actividades sin convenio colectivo en vigor, puesto que a ellos/as sí que se les podría aplicar directamente el Estatuto de los Trabajadores (con lo que supone a nivel de pérdida de salario, vacaciones, derechos laborales, etc.).
¿Quiénes son los/as responsables de este percal?
Es obvio que tanto la patronal como el gobierno que aprobó la reforma son responsables de esta nueva situación. Hasta aquí, nada nuevo. A la patronal (la cual ahora resta importancia a la Reforma, asegurando que la negociación colectiva va a seguir existiendo) le interesa rebajar las condiciones de trabajo, salario incluido, a lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores. Menos costes por el mismo trabajo. Y al gobierno, por su parte, le interesa “flexibilizar” el mercado de trabajo, esperando que de esta manera las empresas generen más empleo (precario, eso sí), al ver reducidos sus gastos.
De lo que no se habla en los medios de comunicación es de la co-responsabilidad de los sindicatos institucionales. Nos explicamos: desde 1980 la representatividad de los sindicatos no se fundamenta en la afiliación, sino en los votos que obtienen de los/as trabajadores/as en las elecciones que periódicamente se realizan en las empresas. Como es bien sabido, el derecho de los sindicatos a estar representados en las instituciones públicas de empleo y en las mesas de negociación proviene, según ley, de los/as delegados/as y miembros de comités de empresa que obtengan en las empresas. Esta construcción parece una prima a la no afiliación (“¿para qué me voy a afiliar si ya les voto?”). El sindicalismo en una construcción institucional o legal puede traer como consecuencia que un gobierno, en la coyuntura conveniente, se atreva a cambiar las leyes a su antojo, y los sindicatos domesticados se ven con una capacidad de reacción totalmente tetrapléjica en el momento en el que el gobierno de turno impone una reforma como esta.
Culpamos a los grandes sindicatos porque se ha dormido en sus laureles, dejando un escenario de desmovilización (a través de las elecciones sindicales, del continuo pacto social y de las subvenciones, pero también con nuestro consentimiento, ya que por comodidad hemos permitido que burocracias extrañas a nuestros intereses nos representen y comercien con nuestros derechos). Por miedo a perder su posición llevan años sin plantar cara, y ahora se encuentran completamente carentes de fuerzas y se limitan a manifestar su “malestar” y su “preocupación”, en vez de salir a la calle a luchar. El fin de la ultraactividad es una muerte anunciada con mucha anterioridad, probablemente desde la reforma laboral de 2010 (del PSOE) y con toda seguridad desde la reforma (también del PSOE) de la negociación colectiva de 2011, seguida por las reformas laborales del PP de febrero y julio de 2012, ante las cuales a este sindicalismo de despacho sólo se le ha ocurrido convocar raquíticas manifestaciones en horas de trabajo, a las que únicamente pueden asistir parados/as y delegados/as en uso de horas sindicales.
¿Y ante esto, qué podemos hacer?
La reforma de la ultraactividad, al poner sobre la mesa la nula capacidad de los sindicatos para doblegar a la patronal en la firma de un convenio sectorial provincial, supone borrar el sindicalismo de un plumazo, abocándolo, como mucho, a la negociación en el ámbito de la empresa.
Esto nos devuelve a un tiempo en que las condiciones se pactaban individualmente entre el/la trabajador/a y la empresa. Esta deriva se produce porque los/as capitalistas saben que en este momento histórico se ven con fuerza para hacer estos recortes, que hay tal nivel de parálisis en la clase trabajadora que pueden hacer lo que quieran. Este escenario es duro, cierto, pero también nos puede ayudar a huir de negociaciones, juzgados y elecciones sindicales y retomar los caminos que nos son propios: la autoorganización de los/as propios trabajadores a través de las asambleas en los puestos de trabajo y las luchas basadas en la acción directa y el apoyo mutuo. Para eso, podemos aprovechar el enorme (y merecido) desprestigio que en estos momentos están teniendo las grandes centrales sindicales para, poco a poco, recuperar ese papel activo que por haberlo dejado en manos extrañas nos ha conducido a la situación actual.
La negociación colectiva encalla: http://economia.elpais.com/economia/2013/11/03/actualidad/1383497633_488943.html