«Se extiende como un fuego salvaje«. Así es como se refiere The New Yorker a la expansión del coronavirus en prisión. «La cárcel es más segura que el exterior mientras no entre el virus. Una vez que entre, lo cual es inevitable, se extenderá como un incendio descontrolado«, explica.
Sabemos que el virus, por lo general, es muy contagioso, que no alberga demasiado riesgo para la mayoría de la gente (el 80% de las contagiadas cursan síntomas leves) pero cuenta con una tasa de mortalidad considerable para gente vulnerable (personas de más de 60 años y/o con patologías previas). Asimismo, un porcentaje suficientemente alto de gente contagiada necesita cuidados intensivos como para saturar el sistema de salud si se extiende de manera amplia.
Pues bien, precisamente en prisión es donde más se acumula la gente considerada vulnerable, es decir, población de riesgo: personas enfermas, personas mayores, drogodependientes, personas que provienen de la pobreza extrema, que cuentan con patologías, etc. Una epidemia dentro de los muros podría suponer una auténtica masacre. Incluso la Orden INT/227/2020, dictada por el Ministerio del Interior el 15 de marzo, reconoce que los internos son un “colectivo vulnerable”, por lo que suspende todas las comunicaciones presenciales y todos los permisos, lo que objetivamente aumenta la penosidad de la permanencia en prisión y ya ha originado algunas protestas.
Al contexto español añadámosle que la situación se agrava por el déficit de profesionales médicos en los Centros Penitenciarios, donde el 41,6% de las plazas se encuentran sin cubrir desde hace años[1]. Contamos con una población penitenciaria de 58.369 personas (excluyendo a Catalunya, que tiene las competencias transferidas) y tan solo 285 médicos y 6 psiquiatras para todo su sistema de salud. Además, las prisiones españolas carecen de medidas de asistencia sanitaria efectivas, incluida la práctica inexistencia de medios de protección individual y colectiva contra el virus y la imposibilidad de mantener distancias de seguridad entre personas, lo que, paradójicamente, ha dado lugar al aislamiento de los Centros Penitenciarios.
The Guardian avisa que en el sistema penitenciario de Reino Unido se podrían producir 800 muertes «evitables». Un 1% de la población penitenciaria. Algo que se podría replicar en todos los países del mundo.
En las cárceles españolas sabemos que el virus ya ha entrado: ha fallecido una interna de 79 años (una barbaridad que, a su edad, no se encontrara en libertad ya, teniendo en cuenta que el artículo 91 del Código Penal permite conceder la libertad condicional a presas de más de 70 años), más de 38 funcionarios han dado positivo en las pruebas del virus y más de 200 están en cuarentena. Como hemos dicho sobre estas líneas, muchos presos se encuentran aislados, a todos se les han restringido las visitas y han suspendido todas sus actividades, pero dada la masificación y el hacinamiento de las prisiones resulta imposible parar la epidemia.
Por eso, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó el 23 de marzo una Guía dirigida a los Estados en la que recomienda tomar una serie de medidas para abordar la crisis del Covid-19 dentro de los establecimientos penitenciarios.
Concretamente, advierte que “el esfuerzo mundial para hacer frente a la propagación de la enfermedad puede fracasar si no se presta la debida atención a las medidas de control de la infección dentro de las cárceles”. Entre las distintas medidas que contempla y entiende deben ser adoptadas de inmediato, destaca “la valoración cuidadosa del posible recurso a medidas no privativas de libertad en todas las etapas de la administración de la justicia penal”.
En este mismo sentido, el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa, en su declaración a los Estados, urge igualmente a realizar un “mayor uso de alternativas a la prisión preventiva, conmutación de sentencias, libertad anticipada y libertad condicional”.
Por eso, muchos estados han tomado medidas para reducir, en parte, la cantidad de presas: Francia ha liberado a 5.000 internas cerca de cumplir la totalidad de la condena, Nueva York ha hecho lo propio con 300 presos no violentos de la prisión de Rikers, Nueva Jersey ha aplazado o suspendido el cumplimiento de 1.000 condenas, Irán ha anunciado un indulto para 10.000 presos, Irlanda ha puesto en libertad a 200 presas, Finlandia ha pospuesto el cumplimiento de penas leves y, en el Estado español, Interior ha decidido que 2.100 presas en régimen de semilibertad se marchen para casa.
Ninguna de estas medidas es suficiente. No ocultamos que nosotras apostamos por la abolición de la prisión, una institución cruel, ineficaz, punitiva y vengativa (véase nuestra serie de artículos sobre «La Función de la Prisión«) que se ceba y somete a personas pobres, marginadas y disidentes para mantener un orden socioeconómico injusto. Ahora bien, somos conscientes de que nos encontramos muy alejadas de que caigan los muros de las prisiones en este momento. Pero es igual de cierto que las instituciones, sin proponer nada remotamente parecido a la abolición de la cárcel, podría adoptar una serie de medidas para proteger la vida e integridad de las personas presas: (1) la libertad de todos los presos preventivos (el 15% de todas las reclusas y reclusos) pues no han sido juzgados aún y, al menos técnicamente, son inocentes, (2) la libertad de las personas mayores (que son población de riesgo), (3) la libertad de todas las embarazadas (4) y de personas que sufran algún tipo de dolencia o patología (que también están en peligro), (5) reforzar la plantilla médica de todos los centros, (6) dotar a presos y funcionarios de material de protección individual y colectiva, (7) suspender o indultar todas las penas cortas y (8) aplazar todas las penas de personas presas que no cuentan con riesgo de fuga (por tener domicilio conocido y familia que dependa de ellos), para que se puedan ir a casa hasta que termine la pandemia.
Hay que tener en cuenta, además, que en las actuales circunstancias el riesgo de fuga resulta inexistente ya que el país entero está sometido a una vigilancia extrema debido al estado de alarma decretado, con las fronteras cerradas, siendo imposible incluso la simple deambulación por lo calle. Así lo entiende también el Juzgado de Instrucción nº 10 de Sevilla, que puso en libertad a los dos empresarios investigadas por originar el brote de listeriosis en Andalucía del verano pasado (que provocó una intoxicación alimentaria de más de 200 afectados, cuatro muertes y 9 abortos), en base a que se ha decretado el estado de alarma y, encontrándose “limitada, por tanto, la libertad de circulación de las personas, que únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las actividades que indica” el Real Decreto del estado de alarma, el riesgo de fuga es nulo.
Os dejamos, a continuación, con un corto documental llamado #DerechosPresasCoVid19, realizado por Álex Payá de Empatik Films (autor del documental La Cifra Negra), en el que da voz a presos (como Amadeu Casellas), activistas de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía y familiares de personas presas. Todas relatan las penurias que están pasando durante la epidemia de coronavirus, el riesgo de contagio que existe (el cual viene por los funcionarios, que tienen contacto con el exterior) y la mortalidad que puede tener.
Los CIE: Cárceles para extranjeros que no han cometido delitos
Más sangrante es, si cabe, la situación de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). Son centros de detención para personas extranjeras que no han cometido ningún delito, que únicamente se encuentran en situación irregular en el Estado español, y que pueden permanecer encerradas hasta 60 días para ser expulsadas del territorio. Pese a que se han cerrado las fronteras y que la deportación de estas personas es materialmente imposible, Interior se niega a cerrar los CIE, manteniendo en el tiempo su cruel situación de encierro y hacinamiento (multiplicando el riesgo de contagio) como un sádico castigo.
Muchos CIE han reducido el número de internos (al no poder expulsarles y acercarse su fecha de cumplimiento máximo de 60 días), encontrándose la mayoría de ellos al 60% de su capacidad. Algunos, como el Tarifa o el de Barcelona, directamente han cerrado. En Barranco Seco (Gran Canaria) fue necesario que un juez ordenara la libertad de todos los internos después de que se detectara el contagio de dos de ellos. A esto le siguió el cierre de Hoyo Frío (Tenerife) y, finalmente, de Aluche (Madrid), pese a las resistencias de la Administración. Pero no es suficiente: deben cerrarse todos los CIE, y no por la imposibilidad material de expulsar a sus internos, sino por una cuestión de humanidad.
Al cierre de esta edición siguen abiertos los CIE de Murcia, Valencia y Algeciras, donde la tensión ha ido en aumento.
Más información
Más información sobre la situación en las cárceles en el Boletín Tokata, en la cuenta de Twitter @CovidPrisons, la cuenta de Todo Puede Caer (@anticarcelarias), la de Salhaketa Nafarroa (@salhaketa_naf) y en nuestro artículo «Cárceles italianas en llamas«.
Más información sobre los CIE en las cuentas de Twitter @CiesNoMadrid, @NiCarcelNiCie, @CiesNO, @TanquemelsCIE, @APDHA y @centre_Iridia
[1] Véase “La cárcel contra la salud”, por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (4 de febrero de 2020)
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Liverta para los preso son personas sienten y sufre y que tienen familia el sufrimiento de una madre que no puede ver asu hijo no to carlo con miedo que en pricio se contagia que medios ay en una pricio ninguno sino tienen ni mascarillas ni guante pido liverta para los preventivo para los para los que no sean peligroso
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