El pasado mes de diciembre publicamos en este medio un artículo titulado “Crónica de un otoño represivo” en el que repasábamos varios casos represivos recientes, en su mayoría a activistas políticas. En esta página queríamos actualizar la información sobre los mismos y analizarla pausadamente, pero desde entonces, lamentablemente, han surgido nuevos casos en los que nos debemos centrar. Por tanto, más que hacer un análisis detallado de cada caso, nos limitaremos a exponer, en líneas generales, los más sangrantes.
Dani Gallardo, condenado
Nuestro artículo de otoño finalizó con incertidumbre respecto de la situación jurídica de Dani Gallardo. Este chaval de 23 años, acusado de agredir a un policía durante una manifestación contra la Sentencia del Procés, fue juzgado en noviembre y puesto en libertad provisional tras pasar más de un año en prisión preventiva. El pasado 16 de diciembre la Audiencia Provincial de Madrid le condenó a 4 años y 6 meses de prisión. Salvo que el Tribunal Superior de Justicia lo revoque o reduzca, deberá regresar a la cárcel.
El Constitucional determina que incitar a quemar la bandera es delito
El pasado 15 de diciembre el Pleno del Tribunal Constitucional aprobó por un solo voto una sentencia que establece que los ultrajes a la bandera de España no están amparados por la libertad de expresión y, por tanto, son delito. Lo decidió al denegar el amparo a Pablo Fragoso, miembro de la Confederación Intersindical Galega (CIG), que fue condenado por decir “hai que prendelle lume á puta bandeira” durante una manifestación ante el Arsenal Militar de Ferrol (A Coruña) en 2014. Ninguna bandera fue quemada, pese a sus palabras, pero pese a ello se consideran criminales.
Esencialmente, el Tribunal argumenta que las expresiones eran innecesarias para las reivindicaciones salariales y no guardaban relación con las mismas. En cuanto a la necesidad, es evidente que carece de sentido entender que la Constitución solo ampara a las frases necesarias para transmitir una idea: cada una tenemos libertad para decidir cuál es la forma más efectiva para la difusión de nuestras ideas.
La Sentencia supone un importante retroceso en derechos y libertades que ignora precedentes como la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo del Partido Popular Demócrata contra Moldova (2010) o la del Tribunal Supremo de Estados Unidos de Texas contra Johnson (1989) en la que absolvieron a personas acusadas de quemar banderas y se determinó que era una acción de protesta amparada por la libertad de expresión. Por ello, los jueces del bloque progresista del Constitucional emitieron votos particulares contra esta infame sentencia.
Es precisamente por supuestos como éste que el pasado 16 de diciembre un grupo de juristas, en su mayoría profesores de universidad, lanzaron la página LibEx, que comparte materiales jurídicos para jueces, abogadas y fiscales que quieran defender la libertad de expresión desde un punto de vista legal.
El Constitucional determina que interrumpir una misa es delito
El mismo Pleno del Tribunal Constitucional también denegó amparo a un activista que interrumpió en abril de 2017 una misa en la iglesia de Sant Pere de Banyoles (Girona) con gritos de “aborto libre y gratuito” y que exhibió una pancarta en el altar con el mensaje ‘Fuera rosarios de nuestros ovarios’. Por tanto, el tribunal confirmó su condena de 6 meses de prisión y confirma que interrumpir brevemente el culto (aunque sea pacíficamente) es delito.
Pablo Hasel, ¿a prisión?
La actividad del Constitucional no termina aquí. A finales de noviembre el mismo tribunal inadmitió a trámite el recurso de amparo que presentó el rapero de Lleida, Pablo Hasel, contra su condena a 9 meses y un día de prisión por los delitos de enaltecimiento del terrorismo con la agravante de reincidencia y por injurias y calumnias a la corona y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Esta condena se suma a los 2 años de prisión impuestos el 2014 por la Audiencia Nacional, también por enaltecimiento del terrorismo, por la letra de algunas de sus canciones sobre el trato que reciben presos de GRAPO o ETA.
Dado que el rapero tenía antecedentes penales cuando fue condenado por segunda vez, su pena no se puede suspender. Por ello, el pasado 28 de enero se le notificó que se le otorgaba un plazo de 10 días para ingresar voluntariamente en prisión. Si esto no se detiene, se convertirá en el primer rapero de Europa encarcelado por su disidencia con el régimen en el que vive, aunque no en el primer condenado. Por ejemplo, Valtonyc se exilió a Bélgica precisamente para evitar su encarcelamiento. Y los miembros del grupo La Insurgencia también fueron condenados a unos meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo.
Además, por si fuera poco, hace poco la Fiscalía pidió, en otro procedimiento, una pena de 5 años y 3 meses de prisión para el rapero por si participación en una manifestación contra el encarcelamiento de Puigdemont que se produjo durante unos días en 2018. Le acusan de cometer delitos de atentado contra la autoridad y lesiones y se prevé que el juicio se pueda celebrar el año que viene.
Una acusación de 4 años y 6 meses por fotografiar a una comisión judicial
El 26 de marzo de 2019, dos activistas de la Plataforma de Afectadas por la Hipoteca (PAH) de Guadalajara fotografiaron el despliegue policial y a la Comisión Judicial (de los cuales uno de sus miembros iba encapuchado) durante un desahucio en su barrio y difundieron las fotos por Twitter. Una semana después, uno de los activistas que hizo estas fotografías era notificado por un juzgado que había sido imputado por un delito de revelación de secretos y desobediencia, y ordenaba cautelarmente la retirada de las fotografías y tweets difundidos, prohibiendo en lo sucesivo realizar acciones similares. El pasado mes de noviembre de 2020, más de un año después, se ha acordado el procesamiento del activista, para el que la Fiscalía solicita cuatro años y medio de prisión y una multa de 3.600 euros por los delitos de injurias con publicidad y un delito contra la intimidad.
Ocho anarquistas detenidas frente al CIE de Aluche
El pasado mes de octubre se reabrió el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, tras pasar varios meses cerrado a consecuencia de la pandemia de la Covid. Poco después de su apertura varias de las internas decidieron ponerse en huelga de hambre.
El día 27 de octubre un grupo de anarquistas se concentró frente a esta cárcel de extranjeras para mostrar su apoyo a las huelguistas desplegando una pancarta en la calzada de la Avenida de los Poblados, lanzando gritos y haciendo ruido con pirotecnia. Muestra de solidaridad que fue escuchada y respondida con gritos de “¡libertad!” desde dentro, momento en el cual la policía irrumpió en la calle deteniendo a ocho manifestantes (casi todas las presentes). En la actualidad se encuentran en libertad con cargos.
Dos meses después, el día de nochevieja, grupos anarquistas realizaron, como todos los años, una marcha que nace en el barrio de Usera, recorre varios barrios del cinturón sur de Madrid y finaliza en el CIE. Esta vez, bajo el lema “Que lxs presxs salgan, que los CIE ardan”.
La acción reivindicativa, que al parecer no estaba comunicada a Delegación de Gobierno, transcurrió sin mayores altercados más allá de la identificación de algunos asistentes, tanto en el punto de salida, como a unos 200 metros del punto de llegada, sobre la Avenida de los Poblados, donde un cordón de una veintena de antidisturbios interceptó el avance de la columna y no le permitió llegar hasta el CIE, lugar previsto para finalizar la manifestación. En consecuencia, la lectura del comunicado no pudo se oída por las personas que están encerradas tras los muros del Centro.
Tres acusadas por protestar contra la monarquía
El pasado 15 de diciembre se juzgó a tres republicanas a las que la Fiscalía de Madrid reclama penas de 18 meses de prisión por un delito de atentado contra agente de la autoridad. Los hechos sucedieron en octubre de 2014, en una concentración cuyo eslogan era ‘monarquía no es democracia, es dictadura y corrupción’ y que desembocó en un conato de manifestación que pretendía discurrir por la calle Alcalá. Sin embargo, la policía cortó su paso y cargó y los manifestantes son quienes van a juicio.
Cuatro antifascistas aragoneses, condenados
Por último, el 20 de enero se hizo pública la sentencia a cuatro antifascistas que protestaron contra el mitin de Vox que se celebró en Zaragoza el 17 de enero de 2019. La Audiencia Provincial de Zaragoza les ha condenado a seis años de prisión a cada uno por delitos de atentado a la autoridad, ya que considera probado que tiraron piedras contra los policías que protegían el auditorio donde se celebraba el evento ultraderechista. La Audiencia no les condena por lesiones, ya que asegura que no se puede determinar si sus piedras impactaron sobre algún agente.
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